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A QUIEN PUEDA INTERESAR... DECRETO 16/2006, de 31 de enero, de las Federaciones Deportivas del PAÍS VASCO.
Artículo 42.- Cobertura de riesgos
"LAS COMPETICIONES, OFICIALES Y NO OFICIALES, QUE ORGANICEN Y AUTORICEN LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS deberán contar con un seguro de responsabilidad civil con las especificaciones previstas en la normativa presente en materia de espectáculos y actividades recreativas. Dicha normativa podrá adaptarse mediante ORDEN a las especificaciones de determinadas competiciones deportivas."
Artículo 38.
4- "En las actividades o competiciones no oficiales NO SERÁ PRECISA LA AUTORIZACIÓN DE LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS aunque participen deportistas con licencia federada. Las federaciones deportivas no ostentan competencias sobre todas las competiciones o actividades propias de su modalidad deportiva en su ámbito territorial."
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